¿Dónde puedo circular con mi patinete eléctrico?

La proliferación del patinete eléctrico como vehículo de transporte ha ido en aumento con el paso del tiempo. Sin embargo, la regulación se ha venido retrasando, y esto ha llegado a causar problemas en su uso y límites, provocando fatídicamente accidentes que han llegado a ser mortales.

Los vehículos de movilidad personal, también conocidos por sus siglas VMP, han sido de gran utilidad entre sus usuarios a la hora de transportarse de un punto a otro en corta distancia. Sin embargo, es inminente que se tiene que regular su uso, dado el auge que han tenido en estos últimos años.

¿Qué mecánica siguen las autoridades ante este problema?

En España, la única acción encaminada a ordenar es la Instrucción 16. V-124, pero la administración local ha intervenido vía Ordenanza Municipal.

Madrid, Barcelona o Valencia han creado regulaciones propias tomando como base dicha Instrucción.

Categorías de "VMP"

Existen cuatro divisiones:

1- Los juguetes: patines que no tengan velocidad superior de 6 km/h, sean de tracción humana o con motor pequeño eléctrico. 2- Vehículos de movilidad personal ?VMP? conformados en la sección 2, con dispositivos que utilicen motorización eléctrica con una velocidad máxima a 25 km/h. 3- Las bicicletas con motor o sin él. Por último, la Categoría L1e, conformada por vehículos capaces de ir a una velocidad máxima de 45 km/h. Siendo el patinete eléctrico parte de la categoría 2, estos podrán circular por carriles bici, y calles de hasta 30 km/h, y de documentación requerirán identificación y homologación. Dadas las últimas reformas en esta materia, se cuenta que con carácter de general "se prohibe el uso de los VMP por aceras y otros espacios que son destinados exclusivamente para la estancia, esparcimiento o tránsito de los peatones".

Entonces, ¿por dónde puedo circular?

En ciclocalle, carrilbici protegido, en una pista, acera o senda de bicicleta; de igual manera, en calle residencial a 20 km/h y en itinerario ciclista en parque público. Hay que dejar de lado la acera, calzada general, ciclocarril y carril de bus o taxi, donde no será posible transitar.

En la ciudad de Madrid , tras la enmienda a la ordenanza que se ha publicado recientemente, se da aviso de que los patinetes eléctricos podrán circular por el 85 % de todas las calles de la ciudad , puesto que el límite fijado es de 30 km/h. Por su parte, Barcelona ha comenzado a multar a los usuarios que transitan en las aceras. Y por otro lado, el uso de casco ha sido de las omisiones que ningún ayuntamiento ha hecho referencia ni obligado a ser indispensable para el tránsito. Queda esperar todas las reformas próximas para estar convencido de que no se está quebrantando la ley por el uso de un patinete eléctrico.

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