×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 147286
Conductores y ciclistas: normas y obligaciones

¿Recuerdan que el manual de la autoescuela nos marcaba que la norma básica para sobrepasar a un ciclista en carretera marca que hay que dejar un metro y medio de distancia con él? Si no se respeta la norma del metro y medio y no se reduce la velocidad, los ciclistas corren grandes riesgos, ya que pueden perder el control de la bicicleta y colisionar. 

Algo casi similar ocurre con ciclomotores, peatones y con cualquier obstáculo que circule por el arcén de la carretera. En este artículo nos centraremos en ciclistas y conductores. Ambos tienen unas normas y obligaciones que seguro que más de uno no recuerda. ¡Vamos a repasarlas!

Obligaciones de los ciclistas

El artículo 38 del Reglamento General de Circulación señala que en carretera los ciclistas han de circular lo más a la derecha posible, es decir, por el arcén si hay el suficiente espacio transitable. Si no hay arcén ocuparán la parte imprescindible de la calzada. Si son ellos los que adelantan a un turismo o a cualquier otro vehículo, deberán respetar igualmente la norma del metro y medio. 

¿Qué ocurre cuando nos encontramos con un pelotón? Se considera a los pelotones como una sola unidad, es decir, como un mismo vehículo. La velocidad máxima que puede alcanzar es de 45 km/h, aunque pueden superarla en pendientes. Pueden circular en paralelo, pero de dos en dos, salvo en distancias que contengan curvas, cambios de rasante, sin visibilidad o zonas con niebla.

Pueden transitar por autovías (siempre que no haya una señal que lo impida) pero no por autopistas. Deben hacerlo por el arcén y sólo se permite hacer esto a personas mayores de 14 años. Asimismo, en ciudad el ciclista debe circular por el centro de su carril, pues los coches aparcados en los laterales podrían abrir la puerta y provocar una colisión con el ciclista. En entornos urbanos el ciclista tiene la obligación de señalizar con el brazo los cambios de dirección. 

Para los conductores:

Cuando un conductor quiera adelantar a un ciclista, no sólo debe respetar la norma del metro y medio, sino que también tiene que tener en cuenta la visibilidad, además de la anchura, el trazado y el estado de la vía. En caso de que sea imprescindible invadir el carril contrario tendrá que hacerlo cuando no circulen otros vehículos por él, incluidas bicis y ciclomotores.

Adelantamientos si el ciclista circula por el mismo carril:

Antes de iniciar el adelantamiento hay que comprobar que no viene ningún otro vehículo por el otro carril e indicar con el intermitente que se va a realizar dicha maniobra. También se debe disminuir la velocidad del coche para adecuarla a la de la bici para que el ciclista no pierda el equilibrio y mantener la distancia frontal de un metro y medio. 

Para volver a tu carril, asegúrate de que la distancia entre la parte posterior del coche y la bicicleta es lo suficientemente grande. No frenes ni vayas despacio, pues el ciclista tendrá que frenar y puede caerse o puede haber un choque. 

¿Qué pasa si ambos carriles están delimitados con una línea continua? Nada. El conductor puede pisarla y ocupar parte del carril contrario (o incluso todo) para adelantar al ciclista, siempre que permanezca en dicho carril el menor tiempo posible, es decir, el suficiente para realizar la maniobra y así no poner en peligro a los coches que circulan de frente. 

Si no se puede adelantar en condiciones de seguridad, el conductor deberá desistir a realizar la maniobra, reducir la velocidad e, incluso, parar el trayecto si fuese necesario. 

Si viene otro ciclista de frente: 

¿Qué pasa si quieres adelantar a un ciclista pero por el otro carril viene otro? Si no se puede realizar la maniobra dejando la distancia de seguridad de metro y medio entre ambos ciclistas, habrá que desistir y tener paciencia hasta poder hacerlo en buenas condiciones. 

Recuerda que si no cumples con esta normativa de seguridad cuando quieras adelantar a un ciclista, además de ponerlo en peligro, la DGT lo considera como falta grave y conlleva una sanción de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir. 

Por último, cabe comentar que el Ministerio del Interior del Gobierno de España ha creado la campaña “Almas Ciclistas” para concienciar a la población sobre los accidentes de tráfico en los que éstos se ven involucrados (y muchos de ellos han llegado a perder la vida en la carretera) debido a las malas prácticas al volante. 

Temas relacionados

1 Comentarios

vi
victor12
Hace 7 años
Si los ciclistas son vehículos de dos ruedas, que tengan un carnet también junto con una matricula, donde se les pueda denunciar.

ya que siempre lo paga el coche, cuando la mayoría de las veces los ciclistas se creen que son los propietarios de la calzada, aun desafiando a los conductores. Incluso, se debería de hacer controles de alcoholemia. que todo ciclista para para almorzar y no solo beben bebidas isotónicas. Que se les regularice y se les sancione a ellos también, seria un consenso de circulación. :
0
Responder
Recibe nuestro
boletín de noticias
Recibe todas nuestras novedades y noticias directamente en tu correo electrónico.